Senado aprueba proyecto para prohibir el Vaso Foam no biodegradable

El Senado de la República aprobó en segunda lectura las modificaciones a la Ley N° 225-20 sobre manejo y disposición general de residuos sólidos.

Este programa tiene como objetivo transformar el sector existente en 2020 y tiene como objetivo "promover los asuntos relacionados con la producción, importación, comercio, venta y uso, gestión y procesamiento de residuos plásticos".

Entre las modificaciones realizadas, cabe señalar que se agrega un nuevo capítulo al artículo 161, que prohíbe la producción, importación, compra, venta y uso de "fon" (espuma) y poliestireno expandido sin el uso de aditivos Etileno. Productos. en su trabajo. Esto es innegable.

En esta limitación se incluyen las tapas o bolsas de polímero utilizadas para embalajes de tiendas y supermercados. La previsión es convertir este apartado en ley a partir del 1 de enero de 2024

Entre sus disposiciones, quiere crear el artículo 154.1 que confirme que las empresas que produzcan espuma o poliestireno expandido deben hacerlo. Encuestas anuales y laboratorios oficiales.

Recreándose el artículo 154.2, el Instituto Dominicano de la Calidad (Indocal) es responsable de velar por el cumplimiento de las condiciones de exportación impuestas a los fabricantes locales por la Dirección General de Aduanas (DGA).

No obstante lo dispuesto en el artículo 154.3, los productores y comercializadores de productos plásticos, debido a tecnologías que garanticen daños medioambientales, deberán disponer de un certificado biológico o similar expedido por un laboratorio autorizado.

Además, se añade el artículo 154.5 sobre gestión de residuos, que confirma que, en el contexto de crecientes responsabilidades de producción, los fabricantes, vendedores y consumidores de espumas plásticas deben desarrollar sistemas de tratamiento de residuos para utilizar y conservar combustible y energía.

 

Este artículo ha sido enviado a la Cámara de Representantes para obtener más información.